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Composición Asamblea Municipal

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 Composición de la Asamblea Municipal del Poder Popular de Cueto

 Ramiro Despaigne Reyes

Presidente AMPP Cueto


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Teléfono: 24 298333

Móvil: 52885258

Joel Martínes Murray

Vicepresidente AMPP Cueto


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Teléfono: 24 298335

Móvil: 52854839

Karelia Pavón Silva

Secretaria AMPP Cueto


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Teléfono: 24 298197

Móvil: 52803163

 

 

Las Asambleas Municipales del Poder Popular constituidas en las demarcaciones político-administrativas en los territorios, como establece la Constitución, son los órganos superiores locales del poder del Estado, y, en consecuencia, están investidas de la más alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en sus respectivas demarcaciones.

Para ello, dentro del marco de su competencia, y ajustándose a la ley, ejercen gobierno. Además, coadyuvan al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de las unidades emplazadas en su jurisdicción que no les estén subordinadas conforme a lo dispuesto en la ley.

El municipio tiene un total de 7 Consejos Populares, en los cuales se concentran 57 circunscripciones. La Asamblea Municipal es elegida por el pueblo, según la nueva constitución cada cinco años, sobre la base de un delegado por cada circunscripción.

Está integrada por un universo de 57 delegados, 41hombres y 16 mujeres, las cuales representan el 28.07%. Por su parte, los jóvenes representan el 8,7% de la Asamblea. El municipio tiene una población de 31 855 habitantes, de ellos 23468 son electores y 262 arriban a la edad electoral.

 

La Asamblea Municipal del Poder Popular tiene las atribuciones siguientes:

  • Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado.
  • Elegir y revocar al presidente y al vicepresidente de la Asamblea.
  • Designar y sustituir al secretario de la Asamblea.
  • Revocar el mandato de diputados a la Asamblea Nacional y de delegados a la Asamblea Provincial del Poder Popular, que hayan sido elegidos por ese municipio, de acuerdo con lo establecido en la ley.
  • Realizar la elección constituyéndose en Colegio Electoral para cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional y de delegados a la Asamblea Provincial del Poder Popular, cuando sea convocada para ello conforme a la ley.
  • Ejercer la fiscalización y el control de las entidades de subordinación municipal.
  • Revocar o modificar los acuerdos y disposiciones de los órganos o autoridades subordinadas a ella, que infrinjan la Constitución, las leyes, los decretos-leyes, los decretos, resoluciones y otras disposiciones dictados por los órganos superiores del Estado o que afecten los intereses de la comunidad, de otros territorios, o los generales del país, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptados en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado.
  • Adoptar acuerdos y dictar disposiciones dentro del marco de la Constitución y de las leyes vigentes sobre asuntos de interés municipal y controlar su aplicación.
  • Designar y sustituir a los miembros de su órgano de Administración a propuesta de su presidente.
  • Designar y sustituir a los jefes de las direcciones administrativas y de empresas pertenecientes a la subordinación municipal.
  • Determinar, conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros, la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas a su órgano de Administración.
  • Proponer la creación y organización de Consejos Populares, de acuerdo con lo establecido en la ley.
  • Constituir y disolver comisiones de trabajo.
  • Aprobar el plan económico-social y el presupuesto del municipio, ajustándose a las políticas trazadas para ello por los organismos competentes de la Administración Central del Estado, y controlar su ejecución.
  • Coadyuvar al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de producción y de servicios de las entidades radicadas en su territorio que no le estén subordinadas, para lo cual podrá apoyarse en sus comisiones de trabajo y en su órgano de Administración.
  • Conocer y evaluar los informes de rendición de cuenta que le presente su órgano de Administración y adoptar las decisiones pertinentes sobre ellos.
  • Atender todo lo relativo a la aplicación de la política de cuadros que tracen los órganos superiores del Estado.
  • Fortalecer la legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país.
  • Conocer acerca de la atención y tramitación de las quejas y planteamientos formulados por los ciudadanos.
  • Cualesquiera otras que le otorguen la Constitución y las leyes.

 

 

 

 

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